La propiedad intelectual se define como el conjunto de derechos que se reconocen al autor sobre la obra o producto de su inteligencia y creatividad.
Dentro de la propiedad intelectual se puede hablar de tres tipos de obras:
El contenido de este derecho se divide a su vez en dos derechos:
La Ley de Propiedad Intelectual protege todo tipo de creaciones artísticas, literarias o científicas expresadas en cualquier soporte, con lo que esto también es de aplicación a los sitios Web, ya que son obra o producto de su autor o inventor.
"La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que se reconocen al autor sobre la obra o producto de su inteligencia"
El Art. 149 de la Constitución Española atribuye competencia al Estado en materia de Propiedad Intelectual, lo que significa que las Comunidades Autónomas no tienen competencia sobre la propiedad intelectual.
El empresario que se posicione en Internet debe decidirse por el tipo de licencia por la que optará, copyright o bien copyleft:
"La Ley de Propiedad Intelectual protege todo tipo de creaciones artísticas, literarias o científicas expresadas en cualquier tipo de soporte"
El canon por copia privada se aplica por primera vez en la Ley 22/1987, de 11 de noviembre de Propiedad Intelectual. El canon por copia privada es una tasa aplicada a diversos medios de grabación y reproducción.
Un dominio tiene que ser único. Un dominio es el nombre que identifica el sitio Web.
En caso de usurpación de dominio, existe el Sistema de Resolución Extrajudicial de conflictos. Cuando una empresa se posiciona en la red, tener un dominio es muy importante, por eso debemos siempre seguir unas pautas o parámetros.
La Ley de Propiedad intelectual establece una serie de mecanismos de protección que pueden darse en caso de usurpación de derechos de propiedad intelectual:
Según el artículo 97 de Ley de Propiedad Intelectual, “será considerado autor de un programa de ordenador la persona o grupo de personas naturales que lo hayan creado, o la persona jurídica que sea contemplada como titular de los derechos de autor en los casos expresamente previstos en la ley. “
La piratería es la copia ilegal de la obra literaria, artística, musical y audiovisual. Recientemente, con el impacto de las nuevas tecnologías, podemos hablar de Piratería del software. En este contexto cabe destacar la Comisión Antipiratería cuyo objeto es la coordinación de las Administraciones Públicas entre si y de estas con las organizaciones que se encargan de representar los derechos de propiedad intelectual.